El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 1 y 31 de marzo, ambos inclusive.
Las personas solicitantes que vayan a cursar enseñanzas obligatorias podrán solicitar plaza en
las residencias escolares incluidas en el Anexo II que oferten plazas para el alumnado de las mismas y en las
escuelas-hogar que figuran en el Anexo III.
Las personas solicitantes que vayan a cursar enseñanzas postobligatorias, podrán solicitar plaza en las
residencias escolares incluidas en el Anexo II.
El umbral de patrimonio a que se refiere el artículo 3.1 de la Orden de 28 de marzo de 2012 se
fija en 60.000 euros.
En este ENLACE os dejo la convocatoria y la Relación de Residencias escolares dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte que ofertan plazas para el alumnado de Enseñanza Obligatoria y posteriores a la obligatoria.